s. f.
Com. y
Nav. V.
Cargamento. ||
Estar ó
ponerse á la carga: fr. disponerse un buque mercante para recibir efectos de comercio á su bordo y trasportarlos á puertos determinados, avisándolo al público por medio de carteles, para que los comerciantes á quienes convenga, puedan embarcar los que destinen á los parages señalados. ||
Echar carga al agua,
y abandonar la carga: ejecutar estos actos en los casos forzosos y extremos de un temporal ó de un naufragio que obliga á ello, pero con las formalidades establecidas en las leyes marítimas de comercio. V.
Echazon.