JUNTA

s. f. Nav. Llámase Real junta superior del gobierno de la Armada la creada novísimamente por S. M. para que exponga é ilustre las materias correspondientes á las vastas ramificaciones de la marina. || Junta de direccion de la Armada: la que con el director general de esta entendia en los asuntos de direccion y ha sido refundida en la anterior de gobierno. || Junta de departamento: la que segun ordenanza y en cada departamento y apostadero de marina se compone del comandante general del mismo, presidente; del comandante y sub-inspector del arsenal; del mayor general; del intendente y del contador principal, para tratar de todos los asuntos económicos. || Junta de sanidad: reunion de sugetos que existe en los puertos para entender en todos los asuntos de este ramo. Se compone del gobernador ó alcalde del pueblo, presidente; de dos ó mas regidores &c., y el capitan del puerto es vocal nato de ella. || En acepción comun, junta es lo mismo que empalme , escarpe, aunque á esto llaman algunos media junta, costura &c, y asi se encuentran en los escritos usadas con unas y otras voces las frases de cruzar las juntas, desvairse las juntas &c. La primera de ellas significa: situar la union de las cabezas de los tablones de forro, de modo que las de una hilada no se encuentren con las de la otra, ó que vengan á caer hacia la medianía del tablon contiguo; y por lo que hace á la segunda. V. Desvairse.